Obligatorio desde el 5 de octubre de 2026

Que no te multen por la Ley DeCA

Responde 5 preguntas y descubre si tu empresa debe generar, llevar o verificar el Documento electrónico de Control Administrativo.

Te diremos qué documentos pueden exigirte.

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Multas de 401 € a 600 € por cada envío — y responden tanto quien contrata el transporte como quien lo realiza.

Basado en la resolución publicada en el BOE (BOE-A-2026-12784)

días para la entrada en vigor · 5 de octubre de 2026

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¿Cuál es tu papel en la carga?

Pregunta 1 de 2

Desde el 5 de octubre de 2026, el transporte público interior por carretera exige documentar cada envío con su DeCA electrónico de QR y URL única: el papel deja de valer en estas operaciones.

La Ley DeCA, en claro

Sin interpretaciones: esto es lo que establece la normativa publicada en el BOE.

5 de octubre de 2026

El documento de control en papel queda sustituido por el DeCA electrónico para los transportes públicos interiores de mercancías por carretera en España y el cabotaje.

QR con URL única

Cada DeCA es un PDF nativo digital con un código QR que debe permitir a la inspección descargar el documento directamente, sin usuario ni contraseña.

Un envío, un documento

Cada envío o expedición debe quedar documentado e identificado con su DeCA; determinados servicios pueden agruparse cuando cumplen las condiciones establecidas.

Custodia de un año

Los documentos emitidos deben conservarse de forma íntegra y accesible durante un mínimo de un año.

Sanciones de la LOTT (arts. 141.17 y 143.1.d): la carencia o la falta de datos esenciales de la documentación de control se sanciona con 401 € a 600 € por cada envío, y responden tanto quien contrata el transporte como quien lo realiza: el cargador, de su identificación, la del transportista, el origen y destino y la naturaleza y el peso; el transportista, de la autorización especial, la fecha y la matrícula (Orden FOM/2861/2012, art. 7). Un DeCA sin QR legible o cuya URL no funcione en carretera puede incurrir en ese supuesto.

Fuente: Ley 9/2025, DT 8ª (fecha) · Resolución de 5 de junio de 2026, BOE-A-2026-12784 (requisitos técnicos) · LOTT, arts. 141.17 y 143.1.d (sanciones).

Más información Ley DeCA →

Dos aplicaciones, un objetivo: que la carga no se detenga

Para quien emite

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Escanea o sube tus albaranes y CreaDeCA genera el DeCA nativo digital con QR y URL de descarga directa, conforme a los requisitos técnicos configurados en la plataforma, listo para el conductor y custodiado durante un año.

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Para quien recibe o transporta

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Escanea el QR de la guía que te entregan — generada con cualquier aplicación — y VeriDeCA comprueba requisitos técnicos y coherencia documental, señalando lo que no puede verificarse automáticamente. Cada comprobación queda registrada.

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  2. VeriDeCA comprueba los requisitos técnicos y la coherencia del documento
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Preguntas frecuentes

¿A quién afecta la Ley DeCA?

Al transporte público de mercancías por carretera en España: quien expide la carga, quien la transporta y quien la recibe se ven implicados, cada uno en su parte. Si tu empresa carga, mueve o recibe mercancía con transporte contratado, lo más probable es que te afecte. El diagnóstico de esta página te dice en cuál de esos papeles estás.

¿Desde cuándo es obligatorio?

Desde el 5 de octubre de 2026. No es una recomendación ni un periodo de adaptación voluntaria: a partir de esa fecha el documento de control de cada envío debe ser electrónico. Las sanciones por incumplir van de 401 € a 600 € por cada envío, y responden tanto quien contrata el transporte como quien lo realiza.

¿Sirve un PDF normal enviado por WhatsApp?

No. El documento tiene que ser un PDF nativo digital, verificable mediante QR y descargable directamente desde su URL. Un escaneo, una foto o un PDF reenviado por mensajería pueden contener la información correcta y aun así no cumplir, porque lo que se comprueba no es solo el contenido: es que el documento sea accesible y verificable en el momento del control.

¿Quién responde si el documento está mal?

Depende de quién tenga la obligación en cada operación, y eso cambia según el papel de cada parte y lo que se haya pactado. Lo que sí ocurre en la práctica es que el problema aparece en carretera, y ahí el afectado inmediato es quien lleva la mercancía. Por eso conviene comprobar el documento antes de que el camión salga, aunque lo haya emitido otro. Para tu caso concreto, consúltalo con tu asesor.

¿Qué tiene que enseñar el conductor en carretera?

El documento de control del envío en formato electrónico, accesible en el momento del control mediante su QR y su URL. No basta con llevar una copia guardada si el enlace no responde o no permite descargar el documento. Aunque el DeCA lo emita tu cliente, en carretera lo presentas tú: por eso conviene comprobarlo antes de arrancar.

¿Qué diferencia hay entre CreaDeCA y VeriDeCA?

CreaDeCA emite: convierte tu albarán en un Documento electrónico de Control Administrativo con PDF nativo, QR y URL de descarga. VeriDeCA comprueba: verifica que un DeCA que te entregan es correcto y accesible, lo haya emitido quien lo haya emitido, y deja registro de la comprobación. Quien solo recibe mercancía necesita verificar; quien expide necesita emitir; muchas empresas necesitan las dos cosas.

¿Cuánto cuesta?

Puedes empezar gratis. VeriDeCA tiene un plan Free permanente de hasta 30 verificaciones al mes. CreaDeCA incluye prueba gratuita de 1 mes. Después, los planes empiezan desde 19 €/mes para emisión básica, 29 €/mes para verificación Pro y 79 €/mes para Plataforma Team. Todos los precios son sin IVA. Los planes Business y Enterprise se recomiendan para empresas con alto volumen. Ver precios completos

¿Es asesoramiento legal?

No. Somos una herramienta operativa. La información legal de esta página procede de las fuentes oficiales citadas (BOE); para tu caso concreto, consulta con tu asesor.

Descubre cómo te afecta la Ley DeCA