DeCA transporte: quién lo emite y quién lo lleva en el camión

Qué es
El DeCA es el documento electrónico de control administrativo del transporte de mercancías por carretera: el documento de control que ya exigía la Orden FOM/2861/2012, en formato electrónico (Resolución de 5 de junio de 2026).
Desde cuándo
Es obligatorio en formato electrónico desde el 5 de octubre de 2026 (Ley 9/2025, disposición transitoria 8.ª). El documento ya era obligatorio; lo que cambia es el formato.
Quién responde
El cargador contractual y el transportista efectivo responden de que el documento se formalice y vaya a bordo; cada uno responde de sus datos (Orden FOM/2861/2012, art. 7).
Qué debe llevar
Los datos del art. 6 de la Orden FOM/2861/2012: cargador y transportista con sus NIF, matrícula, origen, destino, naturaleza de la mercancía y peso o bultos, fecha y, cuando aplica, la autorización especial.

Cómo es el documento electrónico

Un PDF con un código QR y una URL de descarga directa; el conductor lleva una copia en el móvil o impresa (Resolución de 5 de junio de 2026, apartados segundo y séptimo).

Quién tiene que llevarlo

El transportista, en el vehículo. Responde de que el documento se formalice y de que vaya a bordo (Orden FOM/2861/2012, arts. 7.1 y 8). Y responde de los datos del vehículo y del transporte: fecha, matrícula y, cuando proceda, la autorización especial de circulación (art. 7.3).

Quien contrata el transporte también responde. El cargador contractual —la empresa que contrata directamente al transportista, sea fabricante, almacén, agencia u operador— responde de que el documento se formalice (art. 7.1) y de los datos de la mercancía y de las partes: quién carga, quién transporta, de dónde a dónde y qué se transporta (art. 7.2). El cargador contractual queda eximido de la responsabilidad por no llevarse a bordo si prueba que el documento fue emitido (art. 7.1).

Un documento por envío

La unidad es el envío (Orden FOM/2861/2012, art. 1; en los contratos continuados, un documento por envío, art. 3.2). Varios envíos pueden ir en un mismo DeCA solo si coinciden cargador contractual y transportista efectivo, identificando origen, destino, naturaleza y peso de cada envío (Resolución de 5 de junio de 2026, apartado sexto). El documento se conserva al menos un año (art. 9).

No todo transporte entra

La Orden no se aplica a los transportes que no necesitan título habilitante, a las mudanzas, al traslado de vehículos accidentados o averiados en vehículos especiales, ni a la paquetería de pocos bultos que una persona maneja sin más ayuda que las herramientas del vehículo (art. 2.1). → Los cuatro supuestos, en detalle.

Si emites el documento: CreaDeCA lo genera desde el albarán, con QR. Empezar la prueba
Si te lo entregan: VeriDeCA comprueba el DeCA que recibes, sea de quien sea. Empezar gratis

¿No sabes cuál es tu caso? Responde dos preguntas y lo ves en pantalla.

Fuentes oficiales

Plataforma DeCA (CreaDeCA y VeriDeCA) es un servicio de Inveradata Software, S.L., independiente de la Administración. No representa al Ministerio de Transportes ni a ninguna entidad pública ni presta servicios en su nombre. Esta página es información general, no asesoramiento jurídico.

Inveradata Software, S.L. · NIF B93932879 · Versión de esta información: 18/09/2026. Detalle jurídico y metodología: leydeca.com.

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